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Calculadora del permiso por nacimiento 2026

Calcula cuánto cobrarás durante el permiso por nacimiento y cuidado del menor (la antigua baja de maternidad o paternidad). La prestación es el 100 % de tu base reguladora y está exenta de IRPF. En 2026 son 19 semanas por progenitor en familias biparentales —17 de permiso más 2 de cuidado del menor, de libre uso hasta que cumpla 8 años— y 32 semanas en familias monoparentales.

La ves en tu nómina. Si dudas, usa tu bruto mensual con prorrata de pagas.
Prestación diaria
Por semana
Por mes (30 días)
Duración
Total del permiso (bruto = neto: exento de IRPF)

Fuente: arts. 177-180 LGSS, RD-ley 9/2025 y STS 1462/2018 (exención de IRPF).

Qué calcula esta herramienta

La duración de tu permiso por nacimiento y cuidado de menor, cómo se reparte entre el periodo obligatorio y el voluntario, y qué prestación te corresponde.

De dónde sale la cifra

Del artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores, que regula la suspensión del contrato por nacimiento, y de la prestación equivalente de la Seguridad Social. El permiso es individual e intransferible para cada progenitor: no se puede ceder al otro.

Desde la ampliación aprobada en 2025, el permiso es de 19 semanas por progenitor: 17 de prestación por nacimiento y cuidado, de las cuales las 6 primeras son obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa inmediatamente después del parto, más 2 semanas de permiso parental retribuido que pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años. En familias monoparentales la duración es de 32 semanas (28 de prestación más 4 flexibles).

Qué comprobar antes de fiarte del número

La prestación es el 100 % de tu base reguladora, no un porcentaje reducido, y está exenta de IRPF: no tributa y no aparece como rendimiento en tu declaración.

El periodo posterior al obligatorio puede disfrutarse de forma fraccionada y en régimen de jornada parcial si hay acuerdo con la empresa, y dentro del plazo que fija la norma. Hay que solicitarlo con antelación.

Durante la suspensión sigues de alta y se cotiza con normalidad.

Plazos que conviene tener presentes

La prestación se solicita a la Seguridad Social dentro de los quince días siguientes al inicio del descanso, y el disfrute fraccionado se comunica a la empresa con quince días de antelación. Solicitarla tarde no hace perder el derecho, pero sí puede recortar el periodo abonado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cederle semanas al otro progenitor? No. El permiso es intransferible desde la equiparación.

¿Tributa la prestación? No. Está exenta de IRPF.

¿Y si soy autónomo? Tienes derecho a la prestación en los mismos términos, siempre que estés al corriente de pago.